Linea de entradas

Lo Último

pestañas

viernes, 24 de febrero de 2012

Modificaciones en materia de conciliacion de la vida laboral y familiar Modificaciones en materia de conciliación de la vida laboral y familiar


MODIFICACIONES EN MATERIA DE CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL Y FAMILIAR  DE LA NUEVA REFORMA LABORAL


Nos gustaría llamar la atención sobre las “pequeñas” modificaciones que en materia de conciliación está marcando La Reforma Laboral del 3/2012:

·        Ahora se tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria (no semanal, ni mensual, ni anual), no variando los % de reducción que están establecidos entre un octavo y la mitad.

Esto nos puede generar bastantes problemas con ciertas concreciones horarias, sobre todo con aquellas que acumulaban días de trabajo a jornada completa para poder tener más libranzas y así atender las necesidades de los menores o dependientes (citas médicas, colegios, etc…) dejando a la negociación colectiva la posibilidad de establecer criterios para las concreciones horarias.


·        Se debe preavisar a la empresa con una antelación de quince días, tanto el permiso de lactancia como de la reducción de jornada, precisando la fecha de inicio y fin.

Anteriormente solo era obligatorio comunicar con 15 días de antelación la incorporación a la jornada ordinaria después de una reducción, dejando totalmente abierto el periodo de disfrute de la misma, pero ahora hay que concretar las fechas de inicio y fin desde el principio, por lo que os sugerimos que tengáis en cuenta este cambio a la hora de redactar las cartas de petición de jornada reducida. Entendemos que queda abierta la posibilidad de notificar con 15 días de antelación las posibles prorrogas de situación mientas se cumplan con los diferentes requisitos, como hacemos en el caso de las excedencias.