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jueves, 17 de julio de 2014

DENUNCIA ANTE INSPECCIÓN DE TRABAJO

Ya ha pasado más de un año y medio desde la inauguración de los nuevos túneles de Loiola-Herrera e Iurreta-Traña con sus respectivas estaciones subterráneas.

Estas nuevas infraestructuras están dotadas de salidas de emergencia, medios materiales, etc., según reza en los Planes de Autoprotección de las mencionadas infraestructuras elaborados por ETS.

Desde CCOO se le ha solicitado  en diferentes foros el inicio de las acciones formativas necesarias en relación a emergencias hacia los trabajadores/as de Euskotren, siendo la última contestación de la empresa “Pendiente, trasladado al Dpto. de Formación. Se volverá insistir”, como si fuera este asunto un tema menor. Puede ser que este asunto esté como muchos, pasándose la responsabilidad de impartición de la formación de Euskotren a ETS o viceversa.

Según la ley de prevención de riesgos laborales dice, concretamente en los artículos 19 º y 20º (...)
 

Artículo 19. Formación de los trabajadores.
1. En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o duración de ésta, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo.
La formación deberá estar centrada específicamente en el puesto de trabajo o función de cada trabajador, adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos y repetirse periódicamente, si fuera necesario (...)

Artículo 20. Medidas de emergencia.
El empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. El citado personal deberá poseer la formación necesaria, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas (…)

(...) por lo tanto ante la inmovilidad de la empresa en cuanto a las solicitudes de CCOO de que planifique e imparta cursos de formación relacionados con estas nuevas infraestructuras, CCOO ha denunciado ante Inspección de Trabajo con fecha 7 de julio en Bilbao la falta de formación sobre la instalación de Iurreta y con fecha 8 de julio la de Intxaurrondo.

Nos llama la atención que días posteriores al registro de la denuncia, la empresa ha publicado dos consignas, una por cada instalación, en relación a funciones del personal de Euskotren, procedimientos, salidas de evacuación…


La publicación de estas consignas no debe de cerrar la formación demandada, la denuncia esta presentada y continuará adelante hasta que no se dé dicha formación, estamos acostumbrados a que la empresa dé por cumplida su labor sacando consignas de estaciones o de talleres... siendo el resto labor y obligación del trabajador.

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