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lunes, 13 de marzo de 2017

Derecho Fundamental- Derecho a Huelga


58zk. Zirkularra/Circular nº 58


El Juzgado de lo Social nº 5 de Gipuzkoa ha dictado sentencia, en relación a la demanda interpuesta por la dirección de Euskotren contra los Sindicatos, Comité de Empresa y Comité de Huelga por huelga ilegal, en su auto el magistrado “Desestima la demanda promovida por EUSKO TRENBIDEAK/FERROCARRILES VASCOS S.A. frente a los demandados, a los que absuelvo de las pretensiones frente a ellos deducidas.”

Como ya trasladó CCOO, la intención por parte de la dirección era regular un derecho fundamental de los/as trabajadores/as, mediante sentencias y así acomodar a su capricho la forma de realizar las huelgas. Además esta forma de actuar llevaba implícita un mensaje hacia los/as trabajadores/as y sus representantes, un intento de coacción, dando a entender que la participación en la defensa de los derechos de los/as trabajadores/as llevaría implícito la amenaza de denuncia en los tribunales.

Con estos mimbres por parte de la dirección de EUSKO TRENBIDEAK/FERROCARRILES VASCOS SA, la personas que forman CCOO iniciaron un camino de defensa a ultranza de un  derecho fundamental y constitucional de la clase trabajadora, el derecho a huelga, convocando y participando en la jornada de huelga de 24 horas y concentración, del 1 de marzo, así como en los propios juzgados donde sus representantes en el comité de empresa estuvieron defendiendo este derecho, tanto dentro como fuera de la sala.

Una vez conocida la sentencia, CCOO entiende que pueden retomarse las relaciones con la dirección, con varios hitos en el horizonte como el convenio colectivo, línea 3 y los cuadros de ferrocarril de Gipuzkoa en base a la sentencia de horarios límites.

Esta decisión ha sido comunicada en el comité permanente, que por mayoría entiende que deben retomarse las relaciones con la dirección.



 SEGUIMOS TRABAJANDO POR LOS TRABAJADORES/AS

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